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POLITICA

7 de enero de 2020

Casaretto destacó el aumento salarial mínimo de 3.000 y 4.000 pesos para trabajadores del sector privado

El Diputado Nacional destacó las políticas del Gobierno Nacional a favor de los sectores más vulnerables.

“Nuestro Gobierno, en pocas semanas, ha dispuesto aumentos de salarios, como antes concretó aumentos a jubilados, en un modelo de redistribución de ingresos en favor de los sectores más vulnerables de la sociedad”, destacó el diputado Nacional, Marcelo Casaretto, luego que se publicara en el Boletín Oficial el incremento para los trabajadores del sector privado.

 

El Presidente Alberto Fernández por Decreto N° 14/2020 (BO 4/1/2020) dispuso un incremento salarial mínimo y uniforme para todos los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia del Sector Privado, que ascenderá a la suma de 3.000 pesos desde enero de 2020, y de 4.000 pesos desde febrero en adelante. El aumento deberá ser absorbido por las futuras negociaciones paritarias.

 

En ese sentido, resaltó: “Esto que Alberto Fernández marcó como prioridad, más las tarjetas alimentarias que ya se distribuyen en toda la Argentina, marcan un cambio de modelo, en favor de los sectores populares”.

 

“En el Congreso Nacional sancionamos el 21 de diciembre de 2019 la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541. El  inciso g) del artículo 2° de la mencionada Ley dispone impulsar la recuperación de los salarios atendiendo a los sectores más vulnerados. Y el inciso a) del artículo 58 faculta al Poder Ejecutivo Nacional a disponer en forma obligatoria que los empleadores del Sector Privado abonen a sus trabajadores y trabajadoras, incrementos salariales mínimos”, explicó el legislador.

 

En ese contexto, remarcó que “la crisis económica que atraviesa nuestro país ha deteriorado sensiblemente el poder adquisitivo de los salarios perjudicando a los trabajadores, acentuando así aún más la grave situación social” y aseveró: “Es urgente y necesario adoptar las medidas  para que se mantengan los estándares adquisitivos de las remuneraciones acordadas oportunamente en el marco de las negociaciones colectivas”.

 

“Las micro, pequeñas y medianas empresas en los términos del artículo 2° de la Ley 24.467 y sus modificatorias y complementarias, que cuenten con Certificado MiPyME vigente, quedarán eximidas del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino, al igual que las entidades sin fines de lucro, por el término de 3 meses”, explicó finalmente Casaretto. 

 

Fuente: prensa Dip. Casaretto. 

     

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